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Rechazo del Ejecutivo a Pago en Efectivo para “Taxis Uber”, Demuestra Desconocimiento de Tales Plataformas: AHG

miércoles, 20 de abril del 2016

Leticia Arana
leticiaarana@prensaglobal.com
Prensaglobal.com
Guadalajara, Jalisco

Luego de enfatizar que es atribución del Legislativo determinar si continúa con la iniciativa de dictamen, inscrita en la aprobada “Ley Uber” tal cual, o acepta las 13 observaciones emitidas por el gobernador, el diputado presidente de la Mesa Directiva del Congreso Estatal, Alejandro Hermosillo González, sentencia que el argumento del Ejecutivo para rechazar que las Empresas de Redes de Transporte bajo demanda, cobren en efectivo, además de resultar evidentemente irracional, demuestra que le falta información suficiente de cómo operan estas plataformas:

“…Como ocurre en City Drive, a la hora que contratas un servicio, te pregunta si vas a hacer un pago en efectivo o en tarjeta , y si tú le pones en efectivo, queda registrado tu viaje, igual te manda tu factura, simplemente al final del viaje con el cobro que da la aplicación, se lo vas a pagar en moneda , en vez de tarjeta, es un pago en efectivo a través de la plataforma . Los argumentos que han presentado, no me parecen racionales, me parece que demuestran un profundo desconocimiento de la plataforma …”

Puntualiza que el pago en efectivo de ninguna manera disminuye el control que pueda tener el Estado, tampoco el que resulte una desventajosa competencia frente a taxis amarillos, ya que quedan diferenciados muy bien ambos mercados . Al admitir que las fracciones parlamentarias, tendrán que discutirlo antes de determinar si pasa así como está, o se le adicionan o adecúan las observaciones del gobernador, advierte que los argumentos están cargados al lado de no poder prohibir el pago en efectivo.

Finaliza diciendo que si se considera pertinente, harían algunos ajustes en la redacción del dictamen, sin tener que modificar el sentido del texto original, a fin de darle mayor claridad. De continuar tal rechazo o veto, enfatiza que constitucionalmente al pleno del legislativo, como última instancia, corresponde decretar la llamada “Ley Uber” y al Ejecutivo, publicarla, en un máximo de ocho días hábiles, o en su defecto, el mismo Congreso la puede ordenar.

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