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Silencio Cómplice, sobre Abuso Infantil, se Castigará con  hasta Cinco Años de Prisión, en Jalisco:RCN

martes, 23 de enero del 2018

Leticia Arana

De acuerdo con adiciones al artículo 142 del Código Penal, se castigará con hasta cinco años de prisión en Jalisco, a quien teniendo parentesco consanguíneo o lazos afectivos, calle u otorgue “ silencio cómplice”, contra el desarrollo de la personalidad de menores de edad, obligarlos a la mendicidad, maltrato infantil, consumir alcohol, drogas, incitación a cometer algún delito y abuso sexual, sentencia diputada priista, Presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, del Congreso, Rocío Corona Nakamura:

“…Con esta reforma, quien calle , quien guarde silencio, tendrá que ir a la cárcel, con de dos a cinco años de prisión, como castigo, aplica a los que tengan parentesco consanguíneo, por afinidad, tenga un lazo afectivo , que es mi comadre, que es mi compadre , tenga algo de autoridad, llámese un maestro, de respeto a influencia sobre el menor de edad, cuántas de las veces, con tristeza vemos que se presentan algunos casos en donde la madre, oculta que su hijo es golpeado por su padrastro y se queda callada , o que lo envía a que vaya a las calles a pedir limosna, o que lamentablemente hay abuso sexual infantil sobre de él, o acoso sexual…”

En tanto, la legisladora emeceista, Lourdes Martínez Pizano, confirma que fue aprobada su propuesta de reformas a los artículos 234 y 239 del Código Penal , que lleven a frenar el robo de automóviles y autopartes, a fin de que todo aquel que no presente factura auténtica, ya sea vendedor o comprador, será sujeto de acción judicial, por no comprobar la realidad de determinada transacción, lo cual implicará incluso, entre 15 y 20 años de prisión:

“ …Se aprueba la propuesta que yo hice de autopartes y chatarra por el problema que tenemos tan grave de robos de este tipo de artículos en Jalisco, era una ley que yo había propuesto, pero hay un compromiso de los otros como legisladores para hacer más eficiente y práctico las leyes en Jalisco, entonces en el Código Penal, se está agregando en el artículo 234, se quita el elemento subjetivo que presumía, que el artículo o la pieza que está la persona reclamando, es robada, pero mientras quien se lo robó, no declarara que se lo robó, no le podían comprobar, es por eso que salen y salen de la cárcel, entonces ahora, se elimina ese elemento subjetivo, y además ya va a ser muy sencillo comprobar que un artículo que te robaron, quien lo tiene no es suyo, si no tiene una factura , si no tiene un comprobante de quien se lo vendió…”

Indica que esto no solamente aplica para automóviles, autopartes, chatarra, etc. sino cualquier otro bien mueble, ya sea celular, computadora, u otros.

Por otra parte, los diputados, también avalaron, fincar sanciones y resarcimiento de daños por daño a las instituciones de seguridad, a responsables de realizar llamadas telefónicas falsas de emergencias, al número 911.

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