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Ley General de Responsabilidades, en Vigor Desde este 19 de Julio, Obliga a todo Funcionario, Rendir Declaración 3 de 3: CCP

miércoles, 19 de julio del 2017

Leticia Arana

Tras manifestar que en Jalisco, gran parte de los funcionarios del Ejecutivo Estatal, a exhorto del gobernador, Aristóteles Sandoval, ha presentado su declaración 3 de 3, es decir, Patrimonial, Fiscal y de Intereses, la titular del ITEI, Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales, Cynthia Cantero Pacheco, a cuestionamiento de este medio, sobre el nivel de respuesta a esta solicitud, anuncia que tal ejercicio será obligatorio, pues entró en vigor desde este 19 de julio, la Ley General de Responsabilidades, la cual contempla sanciones penales y administrativas para quien incumpla:

“… El día de hoy entra en vigor , la Ley General de Responsabilidades, la cual nos aplica a todos los funcionarios públicos en el país, y en este sentido a partir del día de hoy, es obligatorio que los funcionarios públicos presentemos la declaración patrimonial, la declaración de intereses y la declaración fiscal, anteriormente nada más existía una iniciativa por parte de IMCO, donde exhortó a los candidatos a elección popular en todo el país, a que presentaran estas declaraciones, lo hicieron algunos, otros no, y también incluso en esta plataforma, la utilizaron otros funcionarios aunque no les obligaba, sin embargo esta circunstancia cambia a partir del día de hoy…”

Al hacer referencia a la iniciativa presentada por el Secretariado Técnico de Gobierno Abierto, indica que uno de los compromisos se centró en que los servidores públicos de primer nivel o del Ejecutivo, tendrían que presentar estas declaraciones, situación que si se cumplió con algunas excepciones, algo similar al interés mostrado por representantes de determinados partidos políticos. Subraya que la nueva reglamentación, exige cumplimiento sin justificación:

“… A que se haría acreedor alguien si no acata esta ley…?-… La importancia de la ley de responsabilidades y que nos aplica, es que estamos sujetos un nuevo régimen donde sin lugar a dudas el propósito es contener la corrupción, los actos, las faltas administrativas, …-…entonces presidenta, cuales son las sanciones o penalidades, un ejemplo…?-… Vienen sanciones de orden penal de tipo penal, vienen también administrativas, vienen económicas y nada más para funcionarios, sino para particulares…”

Subraya que este es un momento histórico para el país, que sin lugar a duda fortalecerá la credibilidad en las instituciones y sus responsables, en donde el fuero constitucional no aplica para las atribuciones administrativas, ya que a cualquier funcionario se le va poder multar:

“…Las sanciones son severas para el caso de los particulares, y funcionarios públicos, que incurran en actos o hechos de corrupción. Todo lo que tiene que ver con las personas que están encargadas de las contrataciones públicas, en cuanto a compras, así como a la ejecución de obras, este esquema también se rebustece…”

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