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Aplicación de Foto Infracciones en Jalisco, pone al Descubierto Graves Errores Administrativos: AHG

jueves, 6 de abril del 2017

Leticia Arana
leticiaarana@prensaglobal.com
Prensaglobal.com
Guadalajr, Jalisco

Aunque el propósito de las foto infracciones es reducir la siniestralidad vial y muertes por conducir a exceso de velocidad, la forma de aplicar esta medida ha dejado mucho que desear debido a su evidente tendencia recaudatoria, y operar con graves errores administrativos , intereses institucionales y corrupción, afirma el diputado de MC, vocal de la Comisión de Movilidad en el Congreso, Alejandro Hermosillo González, al sugerir reformar el artículo 15 de la ley respectiva, a fin de permitir un ordenamiento que verdaderamente fomente la toma de conciencia ciudadana:

“…Modificar la forma en que se ha operado el programa de foto infracciones, con miras a parar lo que muchos ciudadanos conciben como abusos de este programa hacia el bolsillo de muchas familias, como una medida recaudatoria, desde hace algún tiempo se está discutiendo en la esfera pública el tema de las foto infracciones, es un tema que incluso ha cobrado relevancia a nivel nacional en donde otros Estados han tenido también intervenciones legales para hacer señalamientos de inconstitucionalidad, incluso, y han existido diversas controversias al respecto. Nosotros creemos que el problema no es en sí la medida de la foto infracción, sino la forma en que se ha implementado el programa…”

Indica que todo esto, ha detonado infinidad de inconformidades, toda vez que los afectados, no encuentran relación directa entre los montos que les imponen y la seguridad o movilidad vial:

“… Se percibe general, una intención del gobierno más bien para afectar o recaudar dinero, como una política incluso abusiva y deshonesta, pero no se ve como un programa preventivo…”

Ante ello, propone un conjunto de requisitos para la correcta aplicación de dicho programa de foto infracciones, como son: Justificar la necesidad de su instalación, y se advierta sobre el lugar donde exista una cámara , con avisos como cruce de riesgo; del mismo modo, impedir la aplicación de foto infracciones en puentes elevados, pasos a desnivel y pendientes, ya que muchas de las multas han sido impuestas en bajadas, donde involuntariamente se eleva la velocidad; que se establezca una distancia considerable entre radares; se garantice una adecuada señalización y balizamiento, para que con anterioridad se sepa la proximidad a zona de radares; información oportuna sobre cambios de límites máximos de velocidad; asegurar la calibración continua y permanentes de las cámaras, basado en estándares internacionales, que eviten su manipuleo.

Del mismo modo, contempla la participación de los municipios en la instrumentación de dichas multas, mediante convenios objetivos con el gobierno estatal.

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