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En Jalisco Podrían Recuperar su libertad 32 de 489 Reos Procesados por Posesión de Marihuana: COTH

jueves, 2 de junio del 2016

Leticia Arana
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Guadalajara, Jalisco

Una vez que concluya el proceso legislativo a nivel federal ,en el que logre ser aprobada la iniciativa de reforma a la ley general de salud y el Código Penal Federal, del presidente, Enrique Peña Nieto, para que deje de ser delito o penalizar la portación de hasta 28 gramos de marihuana, con lo que muchos procesados en cárceles del país, saldrían de estas, para el caso de Jalisco, y de acuerdo a la revisión de 653 expedientes relacionados a comercialización, posesión y trasiego del enervante, solo 32 personas, que se encuentran en este supuesto, lograrían su libertad, casi de forma inmediata, afirma el procurador social en la entidad, Carlos Oscar Trejo Herrera;

“… En el primer estudio realizado, nos quedamos con 489 expedientes que eran los vinculados específicamente con el delito de posesión de marihuana, de los cuales nos dimos a la tarea de descartar cuales aquellos que en los que tenían una posesión mayor de 28 gramos y aquellos que estaban vinculados a la comisión de otro delito, como robo, revisamos únicamente por posesión de marihuana por 28 gramos , de esa manera se queda con 32 internos, de los cuales, 31 son hombres y uno ,es mujer…”

Reitera que en cuanto se apruebe esta iniciativa, la Procuraduría Social a su cargo, trabajará en la presentación de los escritos correspondientes para que se otorgue la libertad a los internos por una posesión menor a 28 gramos de la cannabis, exclusivamente. Subraya que fueron revisados a profundidad, los expedientes tanto de personas que están sujetas a un proceso, como de aquellas que han sido sentenciadas,esto en atención a que la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, concluye que la interpretación relativa a aclarar normas, deberá revisarse privilegiando la dignidad de la persona.

Por otra parte recuerda que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha establecido que la aplicación retroactiva de una ley , es permisible siempre y cuando sea en beneficio de una persona, de un particular procesado y sentenciado por un delito .

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