Leticia Arana
Ante la ausencia de protocolos efectivos que prevengan el hostigamiento y acoso sexual en áreas laborales, ya sea al interior de dependencias estatales, como organismos públicos y académicos, es indispensable modificar el artículo 176 del Código Penal, a fin de que se persiga de oficio este delito, el cual ameritaría prisión de uno a cuatro años, propone, Claudia Murguía Torres, diputada Presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso:
“….Todas las dependencias tendrán obligación de establecer protocolos para la atención y prevención de esto, que lamentablemente tiende a verse como algo normal o usual, cuando tendría que erradicarse, debe perseguirse de oficio aún exista desistimiento de la víctima …”
Detalla que promoverán se apruebe en comisiones, adicionar un capítulo a la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, con el propósito de posibilitar esta sanción penal; existe consenso, añade, entre órganos legislativos involucrados para dar visto bueno a tal iniciativa, mediante la cual se exigirá implementación de medidas y protocolos de actuación especializados. Así mismo, subraya que la UdeG y Secretarías de Educación y del Trabajo, respectivamente, deberán proponer y aplicar reglas sobre este flagelo, que impone la reparación del daño y garantía de no repetición.